DATOS DE INTERÉS
¿Vencen los comparendos después de seis meses?
Contrario a lo que afirman muchos conductores, las multas de tránsito no vencen después de este tiempo. Al respecto la Secretaría Distrital de Movilidad explica las razones:
- La caducidad del comparendo se presenta cuando pasados seis meses desde la imposición del mismo, la Administración no decide sobre éste. Esta caducidad se interrumpe con la celebración de la primera audiencia (Artículo 161 de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito).
- En todo comparendo se cita a los ciudadanos a esa primera audiencia, dentro de los tres días siguientes a la imposición del mismo, con el fin de garantizar su derecho de defensa. Esta audiencia se realiza siempre, aunque no asista el presunto infractor, dejando constancia en el acta correspondiente.
- La solicitud de caducidad es improcedente, porque al llevarse a cabo la primera audiencia, se interrumpió esa caducidad.
Con base en lo anterior, la Secretaría de Movilidad reitera que no es viable solicitar la exoneración de comparendos impuestos hace más de seis meses a través de derechos de petición.
Vale destacar que los recursos, solicitudes de revocatoria y de exoneración por caducidad y/o prescripción relacionados con procesos contravencionales iniciados por la Secretaría de Tránsito y Transportes con anterioridad al 31 de diciembre de 2006, son competencia del Fondatt en Liquidación y, por lo tanto se debe presentar en la carrera 28 A No. 17 A- 20.
Campaña de cobro a deudores de multas
Desde el 20 de junio se inició el proceso de cobro persuasivo a los 94.695 infractores que tienen deudas pendientes por concepto de los comparendos impuestos en lo que va corrido de este año.
La campaña busca que aquellos ciudadanos que le deben al Distrito 37.778 millones de pesos, por 121.414 comparendos con deuda, paguen sus multas pendientes o realicen acuerdos de pago para ponerse al día con la ciudad.
Para el efecto, la Secretaría de Movilidad envía cartas a los ciudadanos indicando el monto de la deuda pendiente y los puntos de pago. Con base en la información recibida los infractores morosos podrán consignar los montos pendientes o realizar acuerdos de pago.
Los comparendos se pueden pagar en:
¿ Banco Colmena, cuenta corriente 21500111887 o en las consignaciones preimpresas para tal fin (convenio 16783).
¿ Banco de Occidente, cuenta corriente 256-04378-7 (si tiene cuenta en el banco puede pagar en cualquier sede, de lo contrario solamente en las oficinas Cedritos y Parque Nacional).
¿ En cualquiera de los cajeros ATH y SERVIBANCA.
Según el monto de la deuda, la Secretaría Distrital de Movilidad ofrece la posibilidad de realizar acuerdos de pago, para lo cual los ciudadanos interesados pueden comunicarse con la Línea 195, con el fin de obtener mayor información y solicitar una cita.
Los interesados serán atendidos en los Supercades de Movilidad, Suba, Bosa, Américas o en el CADE de La Victoria.
En caso de que los deudores no cumplan con su obligación se iniciará un proceso de cobro coactivo que les implicará incurrir en mayores costos y la Administración Distrital podrá adoptar medidas tales como embargo y secuestro de bienes, así como las sanciones moratorias previstas en el Estatuto Tributario.
Aumentó el valor de las multas de tránsito
Frente a las constantes infracciones de peatones y conductores la Secretaría Distrital de Movilidad decidió aumentar para el 2008 las tarifas de las multas de tránsito aplicar la pérdida de la licencia de conducción con más frecuencia.
Conduzca tranquilo, el pase no se vence
Aunque muchos creen lo contrario, las licencias de conducción para carros particulares no tienen fecha de vencimiento. Esta medida cambiará cuando termine de implementarse el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT- dentro de 18 meses aproximadamente.
Así quedó la tabla de plazos para hacer la revisión tecnicomecánica de su vehículo
Averigue, según el último dígito de la placa, cuándo debe hacer la revisión que exige la norma del Ministerio de Transporte. Conozca además cuáles son los centros autorizados en todo el país para este procedimiento.
¿Vencen los comparendos después de seis meses?
Contrario a lo que afirman muchos conductores, las multas de tránsito no vencen después de este tiempo. Al respecto la Secretaría Distrital de Movilidad explica las razones:
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