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Guía para pagar impuesto vehicular, cuyo primer plazo vence el 18 de abril
Consultar tablas de avalúos, calcular el impuesto, llenar formularios y acercarse a entidades bancarias es un proceso complicado para algunos. Aquí le decimos cómo hacerlo fácil.
A pesar de que esta es una tarea repetitiva, año tras año cambian los avalúos de los vehículos que entrega el Ministerio de Transporte, las formas de pago y facilidades, y hasta los formularios con los que se liquida esta carga tributaria, por lo que se hace necesaria una revisión en detalle de todo este mecanismo.
Siga esta guía en la que le indicaremos los plazos, las tarifas, los avalúos, los bancos autorizados para el pago y toda la información que usted necesita para ponerse al día con la ciudad y su vehículo.
¿Qué es y cómo se cobra?
Este impuesto grava la propiedad o posesión de los vehículos que se encuentran matriculados en Bogotá. Igual sucede con las demás regiones del país.
La forma en que se estima el valor que debe cancelar cada propietario se realiza de la siguiente forma:
Primero, el Ministerio de Transporte hace un cálculo aproximado del valor comercial de la mayoría de autos del mercado nacional; con esta información publica las tablas de Bases Gravables para el pago de impuestos de vehículos (entre los que se incluyen las motocicletas). Estas tablas operan en todo el territorio nacional.
Con estas tablas, y para el caso de Bogotá, la Secretaría de Hacienda, que es el ente recaudador en la capital, establece unas tarifas porcentuales que se aplican al avalúo de cada vehículo y que establecen el monto que se debe pagar por concepto del impuesto.
A esta cifra se le debe sumar el derecho de semaforización (solo para Bogotá), que tiene un valor único de 29 mil pesos para este año.
Además, cada entidad recaudadora emite ciertos beneficios por pronto pago, que en el caso de Bogotá significan un 10 por ciento menos del impuesto a pagar, en caso de que se cancele antes del 18 de abril de 2007.
De la misma forma, se establece un plazo máximo que quedó fijado este año para el 19 de junio. Si se cancela después de esta fecha, se verá obligado a pagar una multa y una sanción, que en muchos casos duplica el valor a pagar por impuestos (averiguar valor sanción).
Hace unos años estas operaciones se las sabían al 'dedillo' todos los contribuyentes y las cumplían manual y cabalmente pero con el avance de la tecnología ahora se encuentran automatizadas.
De hecho, en la página de la Secretaría de Hacienda Distrital se puede realizar la liquidación del impuesto en línea simplificando a su mínima expresión este trámite y hasta se puede imprimir el formulario completamente diligenciado, listo para ir a pagar.
Realice la liquidación en línea
Para obtener la liquidación de manera automática, sin tener que realizar cuentas, ni aplicar porcentajes, ni 'perder' un ojo entre los renglones de las tablas de avalúos, solo tiene que ingresar a la página de la Secretaría de Hacienda Distrital (www.shd.gov.co).
Una vez allí, debe hacer clic sobre la opción "liquidador de impuestos" que aparece en un recuadro de la columna derecha.
En este lugar tendrá dos alternativas: imprimir la liquidación sugerida por la entidad o hacer la liquidación manual del impuesto.
Si escoge la primera, el sistema le solicitará la placa de su vehículo y el número de cédula de la persona que figura como propietaria del mismo. Después de que oprima el botón Consultar, el sistema le entregará toda la información diligenciada y las herramientas para que imprima su formulario que debe presentar a la hora del pago en la entidad bancaria.
Recuerde que para que el formulario tenga validez, se requiere una impresora láser para que los códigos de barras funcionen correctamente. En este paso no tendrá que hacer nada más.
Pero si el sistema no le arroja ningún resultado y le dice que no figura como contribuyente, no se asuste; puede ser que el traspaso de su vehículo no haya sido ingresado en la base de datos de la SHD, que su vehículo sea nuevo o que los datos del propietario o su dirección de notificación no coincidan con los registrados en el sistema (sucede con frecuencia cuando se dejen los traspasos abiertos).
En este caso, y en el de muchos usuarios que aún no creen el las bondades tecnológicas, está la forma tradicional de liquidar el impuesto.
Liquidación manual
Para proceder a esta liquidación se deben consultar las tablas de avalúos que se encuentran en la dirección www.mintransporte.gov.co, en www.motor.com.co o tener a mano el suplemento especial que publicará con las mismas la Secretaría de Hacienda Distrital el sábado 10 de marzo con el periódico EL TIEMPO.
Para este año, el Ministerio de Transporte simplificó en una las dos tablas que siempre publicaba para automóviles, camperos y camionetas particulares, con lo que facilita la búsqueda de los avalúos.
En esta nueva tabla solo se debe ubicar la marca, la línea y la cilindrada del vehículo en la primera columna y luego ubicar el año del modelo en la columna tres; el punto de encuentro entre estas dos directrices indicará el valor del avalúo, que se convierte en la base con la cual se debe calcular el impuesto.
Con este dato se remite a las tarifas y le aplica el porcentaje respectivo de acuerdo al monto del avalúo.
Esta cifra es el valor a pagar por impuestos de su vehículo, y ya solo le falta sumar los derechos de semaforización. Si paga antes del 18 de abril, obtiene un descuento del 10 por ciento sobre el valor a pagar por impuestos.
Después de este proceso, debe comprar el formulario porque ya tendrá toda la información para diligenciarlo y para ir a pagar ante las entidades bancarias.
El formulario tiene un costo de 1.900 pesos, casi mil pesos menos que el del año anterior, y se consigue en establecimientos como la Librería Panamericana, los supermercados Cafam y Colsubsidio, y los Supercades de la 26 con 30 y Américas.
Si su carro no aparece en lista
En caso de que no encuentre su vehículo en los listados de avalúos, usted puede proceder así:
Si no es posible identificar la línea, pero sí la marca y la cilindrada, la base gravable (avalúo) será la establecida para el vehículo de la misma marca y cilindrada. En caso de haber más de una opción, escoja la de menor valor, de acuerdo con el modelo del vehículo.
Si no es posible identificar la cilindrada, pero sí la marca y la línea, el avalúo será el establecido para el vehículo de la misma marca y línea. Si hay varias opciones, se procede de igual forma que en el punto anterior.
Si no se encuentran la marca, la línea y la cilindrada, se debe solicitar al Ministerio de Transporte su inclusión en la Tabla No. 1. y la asignación de base gravable.
Para eso, debe aportar la fotocopia de la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad), la factura de compra o el manifiesto de importación, y la fotocopia del Soat.
Ejemplo de pago
Para un mazda 323 HEI coupé (1.300 centímetros cúbicos) modelo 2001, matriculado en Bogotá. En la tabla del Ministerio, este vehículo se encuentra en un avalúo de: 15'100.000 de pesos.
A este valor le aplicamos las tarifas de la Secretaría de Hacienda Distrital, que para el caso equivale al 15 por ciento por estar en el rango de 0 a 30.5 millones de pesos. Entonces quedará así: 15'100.000 de pesos x 1.5 por ciento, es decir, 226.500 pesos (valor del impuesto a pagar).
A este valor se le suman los derechos de semaforización que equivalen a 29.000 pesos.
Si el pago se realiza antes del 18 de abril, se resta el 10 por ciento de 226.500 pesos equivalente a 22.700.
El valor total a pagar por la declaración del impuesto de vehículos en este caso es 232.800 pesos.
Aumentó el valor de las multas de tránsito
Frente a las constantes infracciones de peatones y conductores la Secretaría Distrital de Movilidad decidió aumentar para el 2008 las tarifas de las multas de tránsito aplicar la pérdida de la licencia de conducción con más frecuencia.
Conduzca tranquilo, el pase no se vence
Aunque muchos creen lo contrario, las licencias de conducción para carros particulares no tienen fecha de vencimiento. Esta medida cambiará cuando termine de implementarse el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT- dentro de 18 meses aproximadamente.
Así quedó la tabla de plazos para hacer la revisión tecnicomecánica de su vehículo
Averigue, según el último dígito de la placa, cuándo debe hacer la revisión que exige la norma del Ministerio de Transporte. Conozca además cuáles son los centros autorizados en todo el país para este procedimiento.
¿Vencen los comparendos después de seis meses?
Contrario a lo que afirman muchos conductores, las multas de tránsito no vencen después de este tiempo. Al respecto la Secretaría Distrital de Movilidad explica las razones:
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